Des… protección al consumidor, una práctica de todos los días

Compartir

Enrique Valdés Machín
651
20 Junio 2017

cuantapropistas-cuba.jpg

Puede salir usted un día de compras muy feliz y regresar con una sensación de culpa que quizás ni le permita mirarse al espejo porque en ese periplo compró algo que después encontró estaba roto o defectuoso, nadie se lo dijo y usted no pudo adivinarlo.
Por estos tiempos pululan en establecimientos comerciales letreros que advierten “revise su mercancía antes de salir, no se admiten devoluciones”, dejando al consumidor la responsabilidad de una elección, que no siempre ofrece toda la información necesaria para hacerla de manera adecuada.
Desconozco si en la actualidad el desarrollo de la tecnología ha creado algún aparatico destinado a determinar, a simple vista, si las baterías, encendedores y bombillos en oferta, están en buen estado o si las pilas de agua escapan a los molestos salideros.
También, si existe un “zapatómetro” capaz de medir el tiempo que dura en el pie del cliente el calzado, - a precios elevados, por cierto- antes de cuartearse o perder la suela.
¿Cómo puede una persona conocer previamente si los artículos adquiridos no están adulterados o confeccionados por manos ajenas a las autorizadas? (léase mercancía introducida, tan de moda en algunos establecimientos).
¿Cómo adivinar que parte de los cakes ofertados en algunos Sylvain no están duros como un palo o las gaceñigas ¿especiales? no están pegadas al papel, elásticas como chancletas? Ni hablar de las vacaciones definitivas dadas a las uvas pasas que adornan el envase.
Esos constituyen unos pocos malos ejemplos de cuánto hoy enfrentan los usuarios, personas, clientes o consumidores, como gusten llamarle, en buena parte de los establecimientos comerciales.
Mientras hojeaba el Código Civil,- a punto de cumplir 30 años y
expuesto a una celebración por todo lo alto-, constaté que esa añeja legislación se preocupó, desde fecha tan remota, por prevenir algunos de los vicios tan de moda ahora.
El citado cuerpo legal, en su Título IV “Compraventa en
establecimientos de Comercio Minorista”, establece que los bienes objeto de venta deben ajustarse, en calidad, cantidad, medida y peso a lo establecido en las regulaciones legales o, en su defecto, a la costumbre o uso de la localidad.
Ojo con este postulado porque cualquier intento de pesar productos congelados, y reajustar su precio por encima del original plasmado por el fabricante en su envase, no es pura coincidencia sino un brutal atraco al bolsillo.
Los artículos con defectos pueden ser vendidos, -refrenda el
Código-, pero siempre con conocimiento del comprador y una rebaja proporcional del precio. ¿Ocurre así en el ciento por ciento de los casos?
Otro aspecto polémico es el de la garantía del bien vendido. Al
respecto ¿cuántas quejas no han sido publicadas en los medios de prensa en los últimos tiempos? Sin embargo, esa legislación es explícita al afirmar que el vendedor tiene la obligación de garantizar la calidad y responder por todos los defectos.
Este Código Civil, que según la ley no puede ser modificado por normativas legales inferiores en rango, sufre, al menos en estos capítulos destinados a la protección al consumidor, un deterioro de su intención jurídica.
Hoy las personas compran mercancías deficitarias y por lo general deciden quedarse con ella porque los mecanismos para reclamar,- muchas veces de manera infructuosa-, son tan diabólicos, que pudiera hasta pensarse que están concebidos para desalentarlas.
Sin olvidar que en este tortuoso camino el consumidor perjudicado con la adquisición de un bien defectuoso, descubre que para recuperar su dinero o cambiar el artículo está obligado a recorrer un sinfín de instalaciones, talleres, oficinas y entrevistarse con ¿responsables?, que en ocasiones hasta desconocen los mecanismos para solucionar el problema planteado, antes de hallar una solución.
Las directrices y normas de protección al consumidor no constituyen un invento cubano, no es un eslogan de moda, sino una práctica internacional que cada vez cobra más fuerza.