Contribuyentes cañeros llamados a cumplir tributos

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ACN - Cuba
Jorge Luis Moreira Massagué | Fotos: Tomadas de Internet
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05 Septiembre 2025

Camagüey, 5 sep (ACN) La Oficina de la Administración Tributaria (Onat) en la provincia de Camagüey insta a los campesinos cañeros y las entidades del sector a presentar las declaraciones juradas (DJ), liquidar los impuestos sobre ingresos personales y utilidades, cuyo plazo vence el 30 de octubre próximo.

El territorio posee un potencial en este ámbito de 522 personas naturales y 74 jurídicas, que según la Ley No.144 del Presupuesto del Estado, de 2022, solo declaran los ingresos provenientes de la comercialización que hayan realizado de otros productos agropecuarios. 

Loidis Tomás López, jefa del Departamento de Asistencia en la Onat provincial, explicó a la Agencia Cubana de Noticias que los ingresos provenientes de la producción de caña de azúcar están exentos de pago, o sea, no se incluyen a la hora de presentar la DJ-09, el modelo establecido para estos contribuyentes. 

Abundó en que aplican un típo impositivo fijo del dos por ciento (%) al resultado que obtengan, luego de descontar a esos ingresos los 39 mil 120 pesos de mínimo exento y el porcentaje de gastos establecidos en el Decreto Ley 21 del 2020.

La DJ-09 está disponible en la sección Descargas del Portal Tributario, se entrega en la Onat municipal depositándola en el buzón habilitado a estos efectos, o se envía por correo certificado a la oficina de la demarcación en la cual está inscrito el agricultor.

También se encuentran en el apartado del portal las instrucciones de llenado del modelo, dijo Tomás López. 

El pago del impuesto, por su parte, se efectúa en las sucursales bancarias, presentando el modelo RC-04 A (Vector Fiscal-Persona Natural), aunque también puede hacerse mediante los canales electrónicos Telebanca, Transfermóvil, Banca Remota y por el uso de esas vías se descuenta el 3% del importe a pagar. 

En cuanto a las Cooperativas de Créditos y Servicios, granjas estatales, empresas, Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), la Ley 44 del Presupuesto del Estado norma que estas entidades cañeras se excluyen del pago del tributo, tanto del aporte mínimo como de la liquidación anual mediante la presentación de la declaración jurada, los ingresos obtenidos del cultivo de caña de azúcar.      

Igualmente dicta que las UBPC y las CPA aportan el 2% sobre el total de los ingresos anuales por la venta de sus producciones. 

La ONAT en Camagüey llama a todos los contribuyentes del sector cañero a presentar sus declaraciones juradas y liquidar los impuestos sobre ingresos personales y utilidades en tiempo, hasta el 30 de octubre venidero, un deber fiscal que reporta beneficios al presupuesto.

De esa manera, no incurrirán en mora ni tendrán que afrontar el recargo y las sanciones correspondientes por la infracción de hacerlo fuera del término establecido.