La Habana, 3 nov (ACN) Cuba extendió a las unidades presupuestadas la posibilidad de contratar a trabajadores de la propia entidad para realizar actividades de mantenimiento y otros servicios, mediante el Decreto 162, publicado hoy en la Gaceta Oficial, el cual modifica el Decreto 127, que regula el funcionamiento de las instituciones presupuestadas y permite la contratación de servicios de mantenimiento constructivo, jardinería, limpieza y similares fuera de la jornada laboral de los trabajadores.
En conferencia de prensa, Yaniris Hernández, viceministra primera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), explicó que la medida responde a la transformación 79 del eje temático sobre transformaciones laborales y salariales, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento cubano).
Señaló que la disposición busca aprovechar la fuerza de trabajo calificada de las entidades y contribuir a la solución de necesidades de mantenimiento con un uso más eficiente del presupuesto estatal.
Yiseilis Ferrer, directora jurídica y de Relaciones Internacionales del MTSS, precisó que la contratación se formaliza mediante un contrato económico, sin establecer una relación de subordinación entre la entidad y el trabajador.
En ese acuerdo se define la actividad, las condiciones, la cantidad de servicios y la forma de pago, cuyos ingresos no constituyen salario, sino una retribución por la prestación realizada.
Aclaró Ferrer que las administraciones deben cumplir los procedimientos establecidos para la contratación económica y que los conflictos derivados de estos acuerdos se resuelven por la vía contractual correspondiente.
La disposición también mantiene las garantías de la relación laboral de los trabajadores con la entidad, incluidas las relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
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