La Habana, 17 feb (ACN) El Estado cubano prorrogó la exención del pago del Impuesto Aduanero, por la importación de las mercancías con destino a procesos productivos o para el aseguramiento a esas producciones, hasta que las condiciones económicas lo demanden.
La medida se aplica para todos los actores económicos, estatales y no estatales, tal como se consta en la Resolución No. 21, del Ministro de Finanzas y Precios (MFP), del 3 de febrero de 2026, publicada este martes en la Gaceta Oficial No. 20.
Se trata de un beneficio implementado desde 2024 mediante la Resolución 329, del 11 de noviembre de ese año, y abarca más de 230 subpartidas arancelarias que se concentran en piensos, fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios, semillas, implementos e insumos agropecuarios.
De acuerdo con el MFP, en el 2025 disfrutaron de este beneficio fiscal 110 entidades, en tanto los principales productos importados fueron azúcar, pienso animal, harina de trigo, grasas comestibles y frijoles
Incluso algunos de ellos son de los más comercializados por las Formas de Gestión No Estatal.
La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, del 23 de julio de 2012, en su Artículo 284 establece que el Impuesto Aduanero se cobra a través de aranceles de aduanas.
A su vez la Disposición Final Segunda (inciso a) faculta al Ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, a conceder exenciones; bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condonar deudas.
La medida favorece a los importadores que cumplan con las condiciones previstas para insumos y materias primas de procesos productivos.
También reduce los costos de importación y de las producciones que debe garantizar la industria nacional, incluso en su asociación con el sector no estatal y puede contribuir a la contención de los precios de las producciones del país.
El Ministerio de Finanzas y Precios ratifica que la aplicación de este beneficio se otorga de oficio, lo que agiliza el proceso de importación.
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