La Habana, 29 abr (ACN) Una nueva Resolución, la 86/2026, del Ministerio de Finanzas y Precios actualiza, refuerza y amplía las acciones y política de Cuba en materia de prevención y el enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
Por ser el tenedor de libros, o contador, una figura clave para la transparencia en los negocios, alertar los riesgos o denunciar presuntos delitos tan graves como ésos, deviene sujeto principal de la mencionada normativa, publicada hoy en la Gaceta Oficial Ordinaria número 37 y también en vigor ya.
Yenisley Ortiz Mantecón, viceministra de Finanzas y Precios, explicó a medios locales que el Decreto-ley 317 del 2012 es el marco legal de mayor jerarquía para la prevención y enfrentamiento a tales fenómenos de carácter financiero, y desde entonces existe un Comité Nacional integrado por varios organismos e instituciones como el Banco.
Aunque la nueva resolución la preceden otras de años recientes, se caracteriza por que no sólo abarca a los trabajadores por cuenta propia, sino además, a las micros, pequeñas y medianas empresas, a las cooperativas no agropecuarias y a los proyectos de desarrollo local, todos los cuales ejerzan la teneduría de libros.
Según la funcionaria suman más de mil 700 los actores económicos no estatales que la realizan en el país, y al igual que las personas jurídicas, devienen sujetos obligados para el cumplimiento de las disposiciones creadas para combatir el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
La propia normativa establece el procedimiento para la atención, supervisión y control del registro contable, incluida una guía referencial ante presuntas o sospechosas operaciones, o acciones fraudulentas, de evasión fiscal, muy penalizadas por las leyes cubanas.
Según la viceministra de Finanzas y Precios, y Dalaimis Wilson Brooks, especialista principal de la Dirección de Servicios al Contribuyente de la Oficina Nacional de Administración Tributaria, hay un programa de capacitación a estas figuras y a las entidades administrativas locales.
Los actores económicos no estatales responsabilizados con la teneduría de libros están en la obligación de identificar y evaluar las amenazas y vulnerabilidades con enfoque de riesgo, para cualquiera de los delitos mencionados que puedan surgir durante el servicio que brindan.
Están llamados a practicar la debida diligencia, el conocimiento del cliente e identificar el beneficiario final del negocio para el cual trabajan, y alertar a los órganos correspondientes ante operaciones sospechosas asociadas al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva u otros delitos.
Incluso pueden abstenerse a prestar servicios a clientes que estén en listas internacionales o en la nacional, publicada en la Gaceta Oficial, de personas y entidades vinculadas a acciones terroristas.
Dada la importancia y alcance de la política trazada, Cuba, como país miembro del Grupo de Acción Financiera de Latinoamerica (GAFILAT), se ha propuesto continuar perfeccionándola, con mejores mecanismos de capacitación a los sujetos y responsables, y de control y supervisión.
Según la especialista de la ONAT, en esta institución además de sus direcciones provinciales y municipales están involucrados con el cumplimiento de la resolución, las áreas de Registro de Contribuyentes, de Servicios a estos actores, Jurídica y de Verificación fiscal.
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